El Tribunal Supremo (TS) se ha pronunciado acerca de las tarjetas de crédito revolving: los intereses remuneratorios son usureros si son notablemente más elevados que los habituales.
En concreto, el Tribunal Supremo refuerza la protección de los consumidores afectados por intereses usureros: en este caso los titulares de créditos o tarjetas revolving, podrán reclamar a la financiera la nulidad del contrato por usura y la nulidad de los intereses remuneratorios por falta de transparencia. Por tanto, el cliente tendrá derecho a recuperar la totalidad de las cantidades abonadas en exceso con los intereses correspondientes.
1. Qué dice el Tribunal Supremo
La reciente sentencia del Tribunal Supremo (STS), de 4 de marzo de 2020, considera usurario un tipo de interés de un 27,24% de una tarjeta de crédito revolving y que la referencia del “interés normal del dinero” que ha de utilizarse para determinar si el interés remuneratorio es usurario debe ser el interés medio aplicable a la categoría a la que corresponda la operación cuestionada.
En resumen, el TS considera como usurarias – y por tanto nulas según estipula la Ley de Represión de la Usura de 1908, las operaciones de crédito con un interés ordinario notablemente superior al «interés normal del dinero» que ha de utilizarse para determinar si el interés remuneratorio es usurario debe ser el interés medio aplicable a la categoría a la que corresponda la operación cuestionada, en este caso el tipo medio aplicado a las operaciones de crédito mediante tarjetas de crédito y ‘revolving’ publicado en las estadísticas oficiales del Banco de España.
Asimismo, señala que hay que tener en cuenta las circunstancias concurrentes en este tipo de operaciones de crédito, dirigidas a un público que no puede acceder a otros créditos menos gravosos, así como las propias peculiaridades del crédito revolving, en que el límite del crédito se va recomponiendo constantemente, los intereses y comisiones devengados se capitalizan para devengar el interés remuneratorio y las cuantías de las cuotas no suelen ser muy elevadas, en comparación con la deuda pendiente, pero alargan muy considerablemente el tiempo durante el que el prestatario sigue pagando las cuotas, hasta el punto de que puede convertirle en un deudor «cautivo».
En este sentido, afirma el TS, no puede justificarse la fijación de un interés notablemente superior al normal del dinero por el riesgo derivado del alto nivel de impagos anudado a operaciones de crédito concedidas de modo ágil, porque la concesión irresponsable de préstamos al consumo a tipos de interés muy superiores a los normales, que facilita el sobreendeudamiento de los consumidores, no puede ser objeto de protección por el ordenamiento jurídico.
Por último, señala que el control de la estipulación que fija el interés remuneratorio se puede realizar también mediante los controles de incorporación y transparencia, propios del control de las condiciones generales en contratos celebrados con consumidores.
Ahora puedes reclamar con garantías los créditos y tarjetas revolving exigiendo a la financiera que te devuelva tu dinero, con intereses.
2. ¿A qué tienes derecho a reclamar?
Si tienes un crédito o una tarjeta revolving con unos intereses ordinarios excesivamente altos, podrás solicitar de los tribunales que declare la nulidad del contrato de tarjeta (o del crédito al consumo), por el carácter usurario del interés remuneratorio, con la consiguiente obligación del demandante de devolver únicamente el capital dispuesto / recibido, y si hubiera satisfecho parte de aquel junto a otros conceptos, éstos se imputarán al capital, debiendo la demandada reintegrarle, en su caso, todas aquellas cantidades que hayan excedido del capital prestado.
Además, también podrás solicitar que el juzgado declare la nulidad de las condiciones generales incluidas en el Anexo del Reglamento de la tarjeta, por remisión de las cláusula de intereses remuneratorios y de comisiones por impago, por no superar el control de incorporación, falta de transparencia y abusividad, y su eliminación, condenando a la demandada a la devolución retroactiva con intereses.
En ambos casos, la devolución económica a favor del consumidor es muy significativa, por lo que te recomendamos consultar con un abogado para iniciar los trámites cuanto antes.
El proceso de reclamación suele durar aproximadamente dos meses en función de la velocidad de respuesta de la financiera a la reclamación extrajudicial, y de la celeridad en la admisión de las demandas por los tribunales. En todo caso, cuanto antes inicies los trámites, antes recibirás tu dinero.
3. Los 3 pasos para recuperar tu dinero.
En primer lugar, es importante examinar los documentos que tengas con la financiera: tarjetas, exractos y recibos, comunicaciones, etc.. A continuación, será necesario interponer una reclamación extrajudicial solicitando la nulidad del contrato por usura, y exigiendo que remitan la documentación completa de tu expediente. Por último, tu abogado tendrá que interponer la correspondiente demanda judicial exigiendo la devolución de las cantidades cobradas de más por el crédito o tarjeta revolving.
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Examina la documentación de tu tarjeta revolving o crédito usurero
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Reclama extrajudicialmente tu expediente
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Demanda judicialmente la devolución de tu dinero
Los tres pasos fundamentales para recuperar tu dinero son: examina tu documentación, formula la reclamación extrajudicial y demanda judicialmente la devolución de tu dinero.