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Sentencia del Jzdo.1ª Inst. de Huelva

El Juzgado de 1ª Instancia de L´Hospitalet de Llobregat declara la nulidad por usura de una  tarjeta revolving contratada en el año 2004.

Un ejemplo es el de este vecino, en 2004 contrató una tarjeta de crédito revolving con Wizink: Después de 17 años pagando intereses sin lograr saldar su deuda, decidió reclamar a través de la plataforma Recupera Revolving.

Como resultado, el juez ha declarado la nulidad de su contrato por una tarjeta denominada “Citi Visa” dado su “carácter usurario”. El afectado recuperará 24.175 euros, de los cuales 24.120 euros corresponden tan solo a los intereses remuneratorios cobrados.

Esta tarjeta de crédito fue emitida por la financiera Wizink en el año 2004. Sus intereses remuneratorios eran muy elevados, situándose en el momento de la firma en un 26,82% TAE y llegando a alcanzar el 27,24% TAE cuando se interpuso la demanda. “Este porcentaje ha de compararse con el tipo medio de interés de las operaciones de crédito mediante tarjetas de crédito y revolving de las estadísticas del Banco de España, que es algo superior al 20%” indican desde Recupera Revolving.

En la defensa también se señaló la necesidad de tomar en consideración otras circunstancias concurrentes en este tipo de operaciones de crédito como son el público al que suelen ir destinadas “personas que por sus condiciones de solvencia y garantías disponibles no pueden acceder a otros créditos menos gravosos” o las propias peculiaridades del crédito revolving “en el que el límite del crédito se va recomponiendo constantemente, las cuantías de las cuotas no suelen ser muy elevadas en comparación con la deuda pendiente y alargan muy considerablemente el tiempo durante el que el prestatario sigue pagando las cuotas con una elevada proporción correspondiente a intereses y poca amortización del capital, hasta el punto de que puede convertirse en deudor cautivo”.

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