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Europa confirma el criterio del TS sobre las tarjetas revolving

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha respaldado la doctrina del Tribunal Supremo. Con este auto el TJUE avala la doctrina del Tribunal Supremo que permite delarar la nulidad por usura de las tarjetas y créditos con un interés notablemnete superior a la media. 

La Justicia Europea responde así a la cuestión prejudicial planteada por la Audiencia Provincial de Las Palmas de Gran Canaria después de que un consumidor interpusiera una demanda ante el Juzgado de Primera Instancia número 2 de Las Palmas de Gran Canaria, solicitando la nulidad de un contrato de préstamo adquirido con el Banco Santander en 2004  dados sus  intereses usurarios.

Resalta como marco normativo aceptable lo indicado por la jurisprudencia española, que establece que “la TAE de un contrato de préstamo al consumo que supere el doble del tipo de interés medio español se considera usuraria y, en consecuencia, dicho contrato es nulo

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